Una de las prácticas que pueden beneficiar a las empresas que inician su actividad o a los autónomos es pedir la devolución mensual del IVA, una acción a la que cada vez recurren más empresas aunque es Hacienda quien tiene la última palabra.

Para poder acceder a la devolución mensual del IVA, la empresa o autónomo interesado debe inscribirse en el Registro existente para tal fin, presentando el modelo 036 por vía telemática, la única que admite este proceso. En dicho modelo, “Declaración Censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores” debe marcar la casilla 129 y en el modelo 039, “Comunicación de datos relativa al régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido”, la casilla 12.

Un dato a tener en cuenta, es que dicha solicitud de inscripción en el registro debe realizarse durante el mes de noviembre del año anterior al que se solicita la devolución. Es decir, durante este noviembre de 2012 hay que solicitar la entrada en dicho registro para la devolución del IVA mensual durante el 2013. La única excepción es para aquellas empresas o autónomos que inicien la actividad con el año ya empezado, que podrán solicitar al inclusión en su primera declaración trimestral. Además, aquellas personas o empresas que hayan solicitado abandonar dicho Registro, deberán esperar un mínimo de tres años, antes de volver a pedir ser incluidas en él.

Una vez presentada la solicitud, es Hacienda quien comunica al interesado si es admitido en dicho registro o no en un plazo de 6 meses. En caso negativo, tendrá que seguir realizando la autoliquidación del IVA cada trimestre.

Si la respuesta es positiva, tendrá que presentar todos los meses de forma telemática la autoliquidación del IVA, el modelo 303, y el modelo 340, que es la declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro.

A partir de ese momento, la devolución del dinero correspondiente al IVA se realizará en la cuenta bancaria que el solicitante haya indicado en la petición.

Sin embargo, hay algunas cosas que deben meditarse antes de pedir ser incluidos en dicho Registro. Por ejemplo, no tiene sentido pedir entrar en dicho Registro si el balance mensual del IVA es positivo la mayor parte de los meses, pues tendrás que pagar a Hacienda de forma mensual en lugar de cada tres meses. Pero si se van a realizar grandes inversiones en la empresa, utilizar esta fórmula puede ayudar a mejorar la tesorería de la empresa, aunque aumenta el control de las facturas y la burocracia.

En definitiva, usar esta opción es más una decisión financiera que tributaria.

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