Desde el 1 de septiembre están en vigor las nuevas medidas fiscales dictadas por el Gobierno y con ellas varios cambios en las facturas de los autónomos. La subida del IVA o el aumento en la retención del IRPF son las más conocidas pero en ellas hay distintos matices a tener en cuenta.

La subida del IVA, que pasa del 18% al 21% en el tipo general y del 8 al 10% en el reducido es la medida que más controversia ha levantado por cómo se ha aplicado a distintos productos y servicios. Un dato a tener en cuenta es que el autónomo tendrá que seguir adelantando el IVA de aquellas facturas emitidas pero no cobradas, tal y cómo se hacía hasta ahora. Otro detalle, es que los tipos de régimen especial de recargo de equivalencia, que tienen la obligación de aplicar los autónomos que venden a minoristas, también se incrementan al pasar del 4% y el 1% al 5,2% y el 1,4%.

Respecto a la retención del IRPF el incremento pasa del 15% al 21%, en principio hasta el 1 de enero de 2014. A partir de esa fecha, la retención pasaría al 19%. En el caso de ser un nuevo autónomo y tener reducida esa aportación, la situación también cambia, puesto que la retención pasa del 7% al 9% durante los tres primeros años de actividad.

Hay que recordar que la retención del IRPF la hacen las empresas a las que se le factura, y que son ellas las que deben ingresar ese dinero en Hacienda.

Con estos cambios, y hasta el 1 de enero de 2014, la base imponible y el neto de la factura, deben ser idénticas puesto que el porcentaje de IVA e IRPF que se aplica es idéntico.

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