El modelo 390 es la declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y contiene las operaciones realizadas a lo largo de un año natural. Debe ser presentado por aquellos profesionales o empresas que tienen la obligación de realizar autoliquidaciones mensuales o trimestrales del IVA. Al ser un resumen anual, debe presentarse en los primeros 30 días de enero, coincidiendo con la declaración del IVA del último trimestre del año anterior.
El Modelo 390 debe ser presentado de forma telemática obligatoria por sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, grandes empresas (aquellas que han realizado durante el ejercicio anterior operaciones por un importe superior a 6.010.121,04 euros), y los sujetos inscritos en el registro de devolución mensual. Por otro lado, no deben presentarlo aquellos sujetos pasivos del IVA que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones no periódicas.
Por otra parte, si no está obligado a presentarla de forma telemática, puede hacerlo, y si la autoliquidación del IVA del último trimestre se ha presentado por vía telemática, la declaración-resumen anual debe presentarse también por vía telemática.
El 390 cuenta con 8 páginas para rellenar, cada una de ellas duplicada para que tanto la Administración como el sujeto pasivo puedan quedarse con una copia. A la hora de rellenar el formulario, debe colocar en la primera página la etiqueta identificativa, que puede solicitar a la AEAT. En caso de no tenerla, rellene los datos a mano con letra clara y acompañe con una fotocopia del NIF o del DNI. En el caso de las personas físicas, con autorizar a la AEAT a verificar sus datos, se evitará el tener que hacer fotocopias de su DNI.
En la segunda página debe detallar el IVA devengado a lo largo de todo el año. Para hacerlo debe hacer constar la base imponible de las distintas operaciones, detallando los distintos porcentajes del impuesto que le corresponde -4%, 8%,10%, 18% y 21 %-, y la cuota devengada. Sumando todas las cuotas se obtiene la cifra anual del IVA devengado. La siguiente página sirve para detallar el IVA deducible. El proceso para obtenerlo es idéntico al del devengado.
Las siguientes páginas son más complejas porque en ellas hay que detallar toda la información referida a las distintas operaciones a base de códigos y dependiendo del régimen de actividades. La AEAT, consciente de la dificultad que tiene este apartado, ha editado un completo manual, que puedes descargarte desde aquí.
A continuación, se detallan las actividades en régimen simpli?cado, excepto agrícolas, ganaderas y forestales, que se realizará en la parte inferior de la página.
La parte final del modelo 390 sirve de resumen de la liquidación anual, detalla que parte le corresponde al Estado o al régimen foral correspondiente.
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