pagare2El cheque es un documento de pago que emite una persona a favor de un beneficiario. Existen tres tipos de cheques: personales, conformados y bancarios, siendo este último el preferido por los beneficiarios, puesto que está avalado por la propia entidad financiera, mientras que el personal siempre depende de la economía de la persona que lo firma.

El en caso del cheque personal, es el banco el que entrega a su cliente un talonario, previa petición del mismo. Dicho talonario es personalizado y sólo se entrega a los titulares de la cuenta en la que se van a cargar los importes pagados mediante cheques. Cuando se quiere hacer un pago con cheque, el usuario recorta dicho cheque, lo rellena y lo entrega al cobrador. Si a la hora de hacer el cobro, el librador no tiene dinero suficiente en la cuenta, el banco no acepta hacer ningún abono y debe ser el beneficiario quien reclame al librador que disponga de fondos para hacerlo efectivo.

Una forma de evitar esa situación es utilizar el cheque conformado, es decir, un cheque personal pero en este caso el banco garantiza la existencia de fondos en la cuenta. Para ello suele utilizar una retención según un plazo pactado y que viene estipulado en una cláusula de conformidad que se encuentra en el reverso del cheque. Dicha retención suele ser de unos 15 días y en ese plazo el librador no puede hacer uso del dinero retenido. Finalizado dicho periodo de retención, el cheque puede ser cobrado igualmente pero el banco ya no se compromete a que haya fondos en la cuenta. Para ser un cheque conformado, debe tener el visto bueno y el sello de la entidad financiera en ambas caras.

En el caso del cheque bancario, quien lo emite es la propia entidad financiera, lo que garantiza el cobro del mismo. En este caso, no es necesario tener una cuenta corriente en dicho banco, ni siquiera disponer de talonario de cheques, ya que es el banco quien lo emite.

El cheque no lleva implícita una fecha de pago y en el caso de ser un cheque bancario, no puede hacerse al portador, por lo que deberá especificarse el nombre del beneficiario, ya sea una persona física o jurídica. En el caso del cheque personal sí se admite el pago al portador.

Este documento de pago debe contener la denominación de “cheque” en el texto del título, el mandato de pagar una cantidad determinada, el lugar de pago que debe ser a través de un banco, el nombre de la persona que paga, que se conoce como librador, el nombre de la persona o empresa que recibe, la fecha y lugar de emisión y la firma del que expide el cheque.

Los cheques tienen una numeración personalizada, que permite identificar el número de cuenta en el que debe cargarse la cantidad a pagar y registrar el número de cheque al que pertenece la operación.

La principal diferencia con el pagaré consiste en que en este último caso, al hacerse un pagaré se establece una fecha a partir de la que puede hacerse efectivo el cobro del mismo. Este documento debe llevar explicito que es un pagaré, la fecha y sitio de cobro, la cantidad de dinero comprometida, el nombre tanto del beneficiario como del librador o persona que paga y el lugar y fecha en la que se suscribió el pagaré.

Además, el pagaré permite la opción de ser avalado por una tercera persona que debe ser especificada, y contra la que se ejecutará el cobro del mismo en caso de que el librado no tenga fondos en el momento del pago.

Por Contamoney

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